¿USCIS te pidió otra vez la traducción? Qué revisar y cómo tener una nueva a tiempo
Por Didilia De La O
· Actualizado · 7 min de lectura
Si USCIS te pidió otra vez la traducción, la regla de USCIS y las instrucciones del formulario piden una traducción completa del documento con la certificación del traductor. Esa certificación tiene que decir que la traducción está completa y es exacta y que el traductor es competente para traducir del español al inglés. También tiene que llevar la firma del traductor, su nombre en letra de molde, la fecha y sus datos de contacto.
La traducción nueva va dentro de tu respuesta, junto con todo lo demás que te pidieron. USCIS tiene que recibir tu respuesta a más tardar en la fecha que marca la carta.
USCIS, la agencia federal que decide tu solicitud, llama a esa carta solicitud de evidencia, o RFE, por las siglas en inglés de Request for Evidence.
¿Qué es un RFE (solicitud de evidencia) y por qué te pide otra vez la traducción?
Un RFE es una carta en la que USCIS te pide más pruebas antes de decidir tu caso. No quiere decir que te negaron la solicitud. Cuando menciona la traducción, puede ser porque faltaba, porque estaba incompleta o porque su certificación no decía lo que pide la regla.
Esa regla es 8 CFR 103.2(b)(3): todo documento en otro idioma debe ir con su traducción completa al inglés y con la certificación del traductor. Según la política de USCIS, el RFE señala qué evidencia falta o no cumple y explica por qué (Manual de Políticas de USCIS), así que busca en tu carta el documento que menciona.
USCIS no siempre manda un RFE antes de decidir. Para las solicitudes pendientes o presentadas desde el 5 de agosto de 2026, USCIS dice que, en general, puede negarlas sin RFE cuando falta evidencia inicial obligatoria (aviso de USCIS; Manual de Políticas de USCIS). La evidencia inicial es la que las regulaciones y las instrucciones del formulario piden mandar junto con la solicitud.
¿Qué debe decir la certificación del traductor?
La certificación debe hacer tres declaraciones: que la traducción está completa, que es exacta y que el traductor es competente para traducir del español al inglés. También debe llevar la firma del traductor, su nombre en letra de molde, la fecha y sus datos de contacto.
Son siete puntos en total. Las tres declaraciones las pide la regla, y los otros cuatro puntos los agregan las instrucciones del formulario I-485 (la solicitud de ajuste de estatus, edición 09/18/26). Compara la certificación que mandaste con esta lista:
| La certificación debe | Dónde lo pide USCIS |
|---|---|
| Decir que la traducción está completa | 8 CFR 103.2(b)(3) |
| Decir que la traducción es exacta | 8 CFR 103.2(b)(3) |
| Decir que el traductor es competente para traducir del español al inglés | 8 CFR 103.2(b)(3) |
| Llevar la firma del traductor | Instrucciones del I-485 |
| Llevar el nombre del traductor en letra de molde | Instrucciones del I-485 |
| Llevar la fecha en que el traductor firma | Instrucciones del I-485 |
| Llevar los datos de contacto del traductor | Instrucciones del I-485 |
Fuentes de la tabla, revisadas en octubre de 2026: 8 CFR 103.2(b)(3) · instrucciones del I-485, edición 09/18/26. Las instrucciones del I-130 (la petición familiar), del N-400 (la solicitud de naturalización) y del I-589 (la solicitud de asilo) piden lo mismo.
Notarizar la traducción no está en la lista. Ni la regla ni las instrucciones del I-485 lo piden.
Nuestra guía sobre por qué rechazan o ignoran una traducción trae ejemplos reales de la oficina de apelaciones de USCIS (la AAO). Cada traducción certificada completa que hacemos para USCIS lleva la certificación firmada que pide la regla.
¿Qué partes del documento se quedan sin traducir más seguido?
Lo que queda fuera del texto principal: encabezados y letra chica, sellos, notas al margen, el reverso de la hoja y la apostilla.
La American Translators Association (ATA), una asociación profesional de traductores, advierte que traducir solo partes de un documento y dejar fuera la letra chica, los encabezados o los sellos del reverso con frecuencia provoca rechazos. También dice que las oficinas de gobierno, como USCIS, piden que se traduzca cada detalle visible, incluidas las apostillas y las notas al margen (ATA, 2026).
Revisa en tu documento:
- El reverso de cada hoja, aunque solo traiga un sello o una firma.
- Las notas al margen y las anotaciones. Según el Departamento de Estado, en algunos estados de México puedes conseguir el acta de matrimonio con la anotación del divorcio.
- La apostilla, si tu documento la trae. Es el certificado que confirma la firma o el sello de un documento público para que se pueda usar en otro país.
Para USCIS, un resumen preparado por el traductor no es aceptable (Manual de Políticas). Y en una decisión de 2018, la oficina de apelaciones de USCIS escribió que, a juzgar por su título, un documento parecía ser solo un extracto y no una traducción completa como la que pide la regla (decisión de enero de 2018, sin valor de precedente).
Para ver qué se traduce en cada acta, tenemos guías sobre el acta de nacimiento mexicana, el acta de matrimonio y el acta de divorcio mexicana.
¿Basta con que otro traductor firme una certificación nueva?
Puede que no. En una decisión de febrero de 2025, la oficina de apelaciones de USCIS revisó un caso en el que otra oficina de USCIS había mandado un RFE. Esa oficina señaló que la declaración del traductor no certificaba que las traducciones estuvieran completas ni decía que el propio traductor fuera competente (decisión de febrero de 2025, sin valor de precedente).
En la respuesta al RFE se presentó una declaración nueva, firmada por otra persona, que tampoco certificaba que las traducciones estuvieran completas. Y como no la firmó la misma persona que firmó la certificación anterior, la oficina de apelaciones escribió que no quedaba claro que esa declaración nueva pudiera cubrir las traducciones entregadas antes.
Cuando un cliente nos trae un RFE que cuestiona una traducción, volvemos a traducir el documento completo, y Didi, que es quien traduce, firma la certificación nueva. En nuestra guía para casos de inmigración respondemos una pregunta relacionada: ¿una sola certificación puede cubrir varios documentos?
¿Cuánto tiempo tienes para responder y cómo se entrega la traducción?
Hasta la fecha que marca tu carta, y USCIS no da prórrogas. Según la política de USCIS, el plazo para contestar un RFE es de 12 semanas (84 días) como máximo, o de 30 días si el formulario es el I-539 o el I-601A, y USCIS suma 3 días cuando manda la carta por correo. Esos límites no se aplican cuando una regulación fija su propio plazo: en la naturalización (formulario N-400), por ejemplo, USCIS por lo general da 30 días, o 33 si te manda el RFE por correo. El RFE tiene que indicar la fecha límite, así que guíate por la fecha que trae tu carta. Lo que cuenta es el día en que USCIS recibe tu respuesta o, si respondes desde tu cuenta en línea de USCIS, el día en que la envías (Manual de Políticas de USCIS; 8 CFR 103.2(b)(8)).
La traducción nueva va dentro de tu respuesta. La regla exige que mandes todo lo que USCIS pidió en un solo envío, junto con la carta original del RFE. Si mandas solo una parte, USCIS lo toma como una petición de que decida con lo que ya tiene (8 CFR 103.2(b)(11)).
Si no respondes, USCIS puede negar tu solicitud (8 CFR 103.2(b)(13)).
La regla pide que cada documento en otro idioma vaya acompañado de su traducción (8 CFR 103.2(b)(3)), así que con la traducción nueva va también una copia del documento en español. Las instrucciones de los formularios piden copias legibles, salvo que USCIS pida el original, y advierten que USCIS puede destruir los originales que no pidió (instrucciones del I-485). En marzo de 2025, la oficina de apelaciones de USCIS no pudo saber si unas traducciones eran exactas porque faltaban las copias de los originales (decisión de marzo de 2025, sin valor de precedente).
Si tu RFE pide algo más que la traducción, o si no tienes claro qué pide, habla con un abogado de inmigración o con un representante acreditado antes de responder.
¿Qué nos mandas para hacer la traducción nueva?
Con fotos claras por WhatsApp basta, y no necesitamos tu documento original. Mándanos:
- La página del RFE que habla de la traducción, para saber qué documento menciona. Puedes tapar lo demás, como tu número de recibo y tu número A (A-Number).
- El documento completo, por las dos caras, con buena luz y sin cortar las orillas.
- La fecha límite de tu RFE.
Te mandamos la cotización. Si estás de acuerdo, pagas el anticipo y traducimos. Tú revisas y apruebas la traducción, y después la certificamos: nada se certifica hasta que apruebes el 100% del contenido.
La entrega normal es en 48 horas hábiles. El servicio express entrega en 2 a 4 horas por un cargo adicional, también en fines de semana y días festivos.
Te entregamos la traducción certificada. Armar tu respuesta y mandarla a USCIS te toca a ti, o a tu abogado o representante acreditado.
Traducción nueva para tu RFE con Puente Grande
Didilia “Didi” De La O traduce tu documento completo del español al inglés y firma la certificación. Trabajamos desde Phoenix con clientes de todo Estados Unidos. Estos son los precios de nuestras traducciones certificadas:
| Documento | Precio |
|---|---|
| Acta de nacimiento | $35 formato corto, $45 formato largo |
| Acta de matrimonio | $40 formato corto, $50 formato largo |
| Certificado de divorcio o acta de defunción | $35 formato corto, $45 formato largo |
| Identificación (cédula, matrícula o pasaporte) | $30 |
| Declaración personal | Desde $20 por hoja |
| Reporte de policía o reporte médico | Desde $30 por hoja |
| Servicio express (2 a 4 horas) | Cargo adicional |
Pide tu cotización: escríbenos por WhatsApp al (602) 332-9460 con la foto de la página del RFE, las fotos de tu documento y tu fecha límite. También puedes llamarnos o escribirnos desde la página de contacto.
Lo que esta guía no responde
Esta guía no te dice cómo contestar el resto de tu RFE, si calificas para lo que solicitaste ni qué estrategia seguir. Eso es asesoría legal. Para eso, busca un abogado de inmigración o un representante acreditado de una organización reconocida por el Departamento de Justicia.
EOIR, la oficina del Departamento de Justicia que administra las cortes de inmigración, publica la lista de organizaciones reconocidas y representantes acreditados. USCIS explica cómo encontrar servicios legales.
Preguntas frecuentes
¿Una traducción nueva garantiza que USCIS acepte tu respuesta?
No. USCIS decide con base en todo tu expediente, y nadie te puede prometer el resultado. Te entregamos la traducción completa del documento, con la certificación firmada que pide la regla de USCIS.
¿Me pueden traducir el RFE al español para entenderlo?
Sí, te lo traducimos del inglés al español: mándanos fotos de la carta por WhatsApp y te cotizamos. Traducimos lo que dice la carta, pero no te explicamos qué significa para tu caso ni qué contestar. Para eso, habla con un abogado de inmigración o con un representante acreditado.
¿Y si ya no tengo el documento?
Puedes pedir una copia certificada nueva a la oficina que lo expidió. Para un acta de nacimiento mexicana, el Departamento de Estado explica que desde 2018 también puedes sacar una copia certificada en gob.mx/actas e imprimirla en casa. La oficina que la recibe decide si acepta esa copia impresa. Si el documento no existe o no se puede conseguir, la regla de USCIS tiene requisitos aparte para ese caso (8 CFR 103.2(b)(2)). Consúltalos con un abogado de inmigración o con un representante acreditado. Para traducir, nos basta una foto clara de la copia que vas a entregar.
¿Y si mi carta es un NOID y no un RFE?
Un NOID (Notice of Intent to Deny) es un aviso de que USCIS piensa negar tu solicitud. Te explica por qué y te da un plazo para responder. Según la regla general de USCIS, un NOID te da 30 días como máximo, más 3 si USCIS te lo manda por correo, y USCIS no puede darte más tiempo (8 CFR 103.2(b)(8); Manual de Políticas de USCIS). Guíate por la fecha límite que trae tu NOID. Si el NOID menciona la traducción, la certificación tiene que cumplir los mismos siete puntos que para un RFE. Para todo lo demás que diga el NOID, habla con un abogado de inmigración o con un representante acreditado antes de responder.
De dónde viene esta información
- USCIS, glosario: Solicitud de Evidencia (RFE)
- Manual de Políticas de USCIS, vol. 1, parte E, cap. 6: RFE, NOID y traducciones (en inglés)
- USCIS, aviso del 5 de agosto de 2026 sobre negar solicitudes sin RFE ni NOID (en inglés)
- 8 CFR 103.2(b)(2), (b)(3), (b)(8), (b)(11) y (b)(13), eCFR (en inglés)
- 8 CFR 335.7, eCFR (en inglés)
- Manual de Políticas de USCIS, vol. 12, parte B, cap. 4: resultados del examen de naturalización (en inglés)
- USCIS, instrucciones del formulario I-485, edición 09/18/26 (en inglés)
- USCIS, instrucciones del formulario I-130, edición 04/01/24 (en inglés)
- USCIS, instrucciones del formulario N-400, edición 01/20/25 (en inglés)
- USCIS, instrucciones del formulario I-589, edición 07/28/26 (en inglés)
- Oficina de apelaciones de USCIS (AAO), decisión del 5 de febrero de 2025, sin valor de precedente (en inglés)
- AAO, decisión del 30 de enero de 2018, sin valor de precedente (en inglés)
- AAO, decisión del 24 de marzo de 2025, sin valor de precedente (en inglés)
- American Translators Association (asociación profesional), Certified Translation for Life's Milestones, 2026 (en inglés)
- Departamento de Estado, documentos civiles de México (en inglés)
- Secretaría de Estado de Arizona, apostilla y certificado de autenticación (en inglés)
- EOIR, lista de organizaciones reconocidas y representantes acreditados (en inglés)
- USCIS, Legal Services (en inglés)
Este artículo es informativo y no es asesoría legal. Para decisiones sobre tu caso, consulta a un abogado de inmigración o a un representante acreditado.
Didilia De La O
Fundadora de Puente Grande
Didi traduce documentos para familias de Phoenix y de todo el país, interpreta en entrevistas de USCIS y es notary public en Arizona. Lee más sobre ella. Nosotros