¿Cómo se firma y se notariza una carta poder para que alguien cuide a tus hijos en Arizona?
Por Didilia De La O
· Actualizado · 9 min de lectura
Para firmar y notarizar una carta poder para menores de edad en Arizona, puedes usar el formulario gratuito de la corte: lo llenas y después lo firmas frente a un notary public, junto con un testigo adulto que también firma. Desde el 12 de septiembre de 2026, además, pones la huella de tu pulgar derecho en el libro de registro del notary public.
Con esa carta poder le das a otro adulto autoridad temporal sobre tus hijos, por un máximo de seis meses (A.R.S. § 14-5104). No se presenta en la corte y no es una orden judicial (instrucciones de la corte). El notary public, la persona que el estado autoriza para confirmar tu identidad y tu firma, no escribe ni aprueba lo que dice el documento. Si lo que necesitas es el permiso para que tu hijo viaje fuera del país, ese es otro documento: lo explicamos en la guía de la carta de permiso para viajar a México.
¿Qué permite una carta poder para el cuidado de tus hijos, y qué no?
Una carta poder para menores permite que otro adulto haga las veces de papá o mamá por un tiempo. La ley de Arizona deja que el padre, la madre o el tutor le delegue a otra persona, por un máximo de seis meses, cualquiera de los poderes que tenga sobre el cuidado, la custodia o los bienes del menor (A.R.S. § 14-5104).
El formulario de la corte permite una excepción: si eres papá, mamá o tutor y estás en servicio militar activo, puedes delegar estos poderes hasta por un año (A.R.S. § 14-5107). No puedes delegar el permiso para que tu hijo se case o para que lo adopten.
A veces le dicen “carta de custodia temporal”, pero no es una tutela ni una orden de custodia. En su paquete de formularios, la Corte Superior en el condado de Maricopa advierte que no uses este formulario para darle a otra persona la tutela o la custodia de tus hijos.
Una tutela, una orden de custodia o un plan familiar relacionado con tu situación migratoria son decisiones legales. Para eso, consulta a un abogado de derecho familiar o, si se trata de inmigración, a un abogado de inmigración o a un representante acreditado.
¿Dónde consigues el formulario y quién lo llena?
Para hacer una carta poder para tus hijos, bajas gratis el formulario de la corte y lo llenas tú. El Centro de Autoservicio del Poder Judicial de Arizona lo publica como “Power of Attorney Delegating Parental Powers”, formulario GNPPOA10F (azcourts.gov). En su página, la Corte Superior en el condado de Maricopa tiene el formulario, las instrucciones y las preguntas frecuentes en inglés y en español.
Para leer las instrucciones y las preguntas frecuentes en tu idioma, baja el paquete en español. Ahí viene el formulario bilingüe, titulado “Poder legal para delegación de la patria potestad”: cada parte está en inglés, seguida del español entre paréntesis.
Tú decides a quién nombrar, si le delegas todas tus responsabilidades de papá o mamá o solo algunas, y las fechas. Didi, nuestra notary public, no puede llenarlo por ti ni decirte qué casilla marcar, porque la ley de Arizona no permite que un notary public ayude a redactar documentos legales ni dé asesoría legal (A.R.S. § 41-273(A)).
Ojo con un error en la versión bilingüe: debajo de “The full physical address…”, el español repite “El nombre legal completo…”. Según el inglés, esa línea pide la dirección física completa de la persona que acepta cuidar a tus hijos.
¿Tienes el formulario solo en inglés y quieres leerlo en español antes de firmar? Te lo traducimos.
¿Qué llevas a la cita para notarizar la carta poder?
Llevas el formulario original, lleno pero sin firmar, tu identificación y a tu testigo, como piden los pasos 2 y 3 de las instrucciones de la corte.
| Qué llevas | Lo que se pide | Fuente |
|---|---|---|
| El formulario original | Lleno, sin líneas en blanco y sin firmar | Instrucciones de la corte, pasos 2 y 3; A.R.S. § 41-253(B) |
| Tu identificación | Vigente y con foto. La matrícula consular sirve si se emitió con verificación biométrica, como huellas digitales | Instrucciones de la corte; A.R.S. § 41-255; § 41-5001; manual de la Secretaría de Estado, pág. 17 |
| Tu testigo | De 18 años o más, en sus cabales, con su propia identificación con foto | Instrucciones y preguntas frecuentes de la corte |
| Tu pulgar derecho | Su huella va al libro de registro de Didi | A.R.S. § 41-254(C) |
Si una línea no aplica a tu caso, escribe N/A en vez de dejarla en blanco. Una declaración jurada con espacios en blanco no se puede notarizar (manual de la Secretaría de Estado, pág. 28). Si la única identificación que tienes es un pasaporte de otro país, escríbenos antes de la cita.
Firmas frente a Didi, no antes. En el formulario, tú y tu testigo firman “habiendo primero jurado debidamente”: los dos juran (o afirman) y firman frente al notary public (formulario bilingüe; paso 3 de las instrucciones). Las mismas instrucciones aclaran que la oficina del Clerk de la Corte Superior no notariza este documento y que no hace falta presentarlo en la corte.
Después guardas el original y le das una copia a quien va a cuidar a tus hijos. A las personas y oficinas con las que trates, les muestras el original y les dejas una copia (paso 4).
Los ejemplos de identificaciones que sirven, y qué hacer si tienes dudas sobre la tuya, están en nuestra página de Notary Public en Phoenix, en español.
Aviso requerido por la ley de Arizona (A.R.S. § 41-273)
No soy abogada con licencia para ejercer la abogacía en este estado. No estoy autorizada para redactar documentos legales, dar asesoría sobre asuntos legales, incluyendo inmigración, ni cobrar por esas actividades.
I am not an attorney licensed to practice law in this state. I am not allowed to draft legal records, give advice on legal matters, including immigration, or charge a fee for those activities.
Didilia De La O, Notary Public, Arizona
¿Quién puede ser tu testigo y quién más tiene que ir?
Las preguntas frecuentes de la corte describen al testigo como una persona de 18 años o más y en sus cabales. En el formulario, el testigo jura frente al notary public que firmas por tu propia voluntad, que firma en tu presencia y que, hasta donde sabe, tienes 18 años o más, estás en tus cabales y nadie te está obligando ni presionando. Por eso tu testigo va a la misma cita que tú.
Según las preguntas frecuentes de la corte, no necesitas conocer a tu testigo, pero no cuentes con encontrar uno en la oficina del notary public. Llévalo tú. Didi no puede ser tu testigo, porque el formulario pide que el testigo jure y firme frente al notary public, y ella es la notary public.
El formulario no dice quién no puede ser tu testigo, pero la declaración jurada que firmas en él cita la ley A.R.S. § 14-5501. Para un poder sobre decisiones financieras, esa ley pide un testigo que no sea la persona a quien das el poder, ni su esposo o esposa, ni sus hijos, ni el notary public (A.R.S. § 14-5501(D)).
Si esa regla se aplica o no a una carta poder para menores es una pregunta legal. Si pensabas llevar como testigo a quien va a cuidar a tus hijos, a su esposo o esposa o a uno de sus hijos, pregúntale antes a un abogado.
La persona que va a cuidar a tus hijos no aparece en la lista de la corte de quién va con el notary public, y el formulario no tiene una línea para su firma. Eso sí, según las preguntas frecuentes de la corte, si haces un cambio en los lugares donde el formulario lo permite, tú y esa persona deberían poner sus iniciales junto al cambio.
¿Por qué te van a tomar la huella del pulgar?
Desde el 12 de septiembre de 2026, la ley de Arizona exige la huella del pulgar cuando un notary public notariza un poder en persona (Secretaría de Estado de Arizona). En un poder, o en una escritura u otro documento sobre una casa o un terreno, el notary public tiene que pedirle a quien firma que ponga la huella de su pulgar derecho en el libro de registro (A.R.S. § 41-254(C), que agregó la ley SB 1479).
Si no se puede usar el pulgar derecho, se usa el izquierdo u otro dedo, y el notary public lo anota en el libro. Si quien firma no puede dar ninguna huella por una condición física, eso también se anota, con una explicación de esa condición (A.R.S. § 41-254(C); manual de la Secretaría de Estado, págs. 23 y 52).
La huella queda en el libro de Didi, no en tu carta poder. La regla se aplica a todo notary public de Arizona.
¿Qué pasa cuando se cumplen los seis meses?
La carta poder termina en la fecha que escribiste, que no puede pasar de seis meses desde que empezó (hasta un año si estás en servicio militar activo, según A.R.S. § 14-5107), o antes si la revocas por escrito, como lo permite el formulario. Si tus hijos van a necesitar a esa persona por más tiempo, lo que sigue es una decisión legal: si se puede firmar otra carta poder, si hace falta una tutela u otra opción. Eso te lo puede responder un abogado de derecho familiar, no un notary public.
Notariza tu carta poder con Didi en Phoenix
En Puente Grande, Didi te atiende en persona en Phoenix, en español o en inglés. En una sola cita les toma juramento a ti y a tu testigo, notariza las firmas de los dos y te pide la huella del pulgar para su libro de registro. Las reglas de Arizona ponen un tope de $10 por cada firma del notary public (A.A.C. R2-12-1102, en el manual de la Secretaría de Estado, págs. 24 y 53), y te decimos el total antes de la cita.
Escríbenos por WhatsApp al (602) 332-9460 y dinos que es una carta poder para menores y cuántas personas van a firmar (tú y tu testigo). Si prefieres hablar, llámanos o usa nuestro formulario de contacto. En nuestros testimonios puedes leer lo que dicen otras familias, y en servicios de notary public ves qué más notarizamos.
Lo que esta guía no responde
Esta guía no te dice a quién nombrar, qué responsabilidades delegar, si necesitas una tutela o una orden de custodia, ni cómo armar un plan familiar pensando en tu situación migratoria. Eso es asesoría legal.
Para la carta poder, la tutela y la custodia, consulta a un abogado de derecho familiar. Para inmigración, consulta a un abogado de inmigración o a un representante acreditado de una organización reconocida por el Departamento de Justicia. EOIR, la oficina del Departamento de Justicia que incluye las cortes de inmigración, publica la lista de organizaciones reconocidas y representantes acreditados.
¿Tu hijo va a viajar a México sin ti? Lee nuestra guía sobre la carta de permiso para viajar a México.
Preguntas frecuentes
¿Tienen que firmar los dos papás?
La ley de Arizona dice que el padre, la madre o el tutor puede delegar sus poderes (A.R.S. § 14-5104), y el formulario de la corte trae un solo espacio para el nombre de quien da el poder y una sola línea para su firma. Si los dos papás quieren firmar, si hay una orden de custodia o si el papá o la mamá que no firma no está de acuerdo, es una pregunta legal: antes de firmar, pregúntale a un abogado de derecho familiar.
¿Esta carta poder sirve para que mi hijo viaje fuera del país?
El formulario de la corte no menciona viajes. El Departamento de Estado de Estados Unidos dice que Estados Unidos no exige pruebas de que los dos papás dan su permiso para que un menor viaje al extranjero, pero algunos países sí. En algunos, si uno de los papás viaja solo con el niño, puede necesitar una carta firmada y notarizada del otro papá o mamá, o una prueba de que tiene la custodia legal exclusiva. Cuando el niño viaja solo o con un adulto que no es su papá, su mamá ni su tutor legal, algunos países exigen una carta de permiso por escrito y notarizada de los papás o tutores legales. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) dice que preguntes en la embajada o el consulado del país al que va tu hijo qué documentos se necesitan. Para saber si quien cuida a tu hijo puede sacarlo del país con esta carta poder, pregúntale a un abogado. La carta de permiso para viajar a México la explicamos en otra guía de este blog.
¿Puedo notarizar el formulario si está en inglés y yo solo leo español?
Sí, si entiendes lo que firmas: el manual de la Secretaría de Estado pide que el notary public confirme que quien firma entiende de qué se trata el documento (pág. 21). La ley de Arizona permite que el notary public hable contigo directamente en un idioma que los dos entiendan (A.R.S. § 41-253(F)), así que con Didi la conversación y los juramentos son en español. Pero Didi no puede explicarte qué efectos legales tiene el formulario en tu caso (A.R.S. § 41-273(A)). Para leerlo en español, usa la versión bilingüe (inglés y español) que publica la Corte Superior en el condado de Maricopa. Si tu documento está solo en inglés, te lo traducimos antes de que firmes.
¿Puedo cancelar la carta poder antes de los seis meses?
Sí. El formulario de la corte dice que puedes revocarla por escrito en cualquier momento antes de la fecha en que vence. Según las preguntas frecuentes de la corte, le das una copia de la revocación a cualquier persona u oficina interesada, como un banco o una institución financiera. La biblioteca de la corte tiene un formulario de revocación de poder legal (Revocation of Power of Attorney), en inglés y en español.
¿Sirve si vivo fuera de Arizona o si mis hijos van a estar en otro estado?
Los formularios de poderes de la biblioteca de la corte son para personas que viven en Arizona, y la corte advierte que podrían no cumplir con los requisitos legales de otros estados. Si necesitas que la carta poder valga en otro estado, la corte recomienda consultar a un abogado que ejerza en ese estado.
De dónde viene esta información
- A.R.S. § 14-5104: delegación de poderes del padre, la madre o el tutor (azleg.gov, en inglés)
- A.R.S. § 14-5107: poder de miembros de las fuerzas armadas (azleg.gov, en inglés)
- A.R.S. § 14-5501: poderes; en el inciso D, quién no puede ser testigo en un poder sobre decisiones financieras (azleg.gov, en inglés)
- Poder Judicial de Arizona, Centro de Autoservicio: formularios de poderes (en inglés)
- Corte Superior en el condado de Maricopa, biblioteca: cómo darle a otro adulto un poder sobre tus hijos (página en inglés, con formularios en inglés y en español)
- Corte Superior en el condado de Maricopa: paquete del poder legal paternal, con lista de verificación, instrucciones y preguntas frecuentes (PDF, en inglés)
- Corte Superior en el condado de Maricopa: paquete del poder legal paternal en español, con lista de verificación, instrucciones, formulario bilingüe y preguntas frecuentes (PDF)
- Corte Superior en el condado de Maricopa: formulario GNPPOA10f (PDF, en inglés)
- Corte Superior en el condado de Maricopa: formulario bilingüe GNPPOA10fs (PDF, inglés y español)
- Corte Superior en el condado de Maricopa, biblioteca: cómo cancelar un poder, formulario de revocación en inglés y en español
- A.R.S. § 41-254: comparecencia en persona y huella del pulgar (azleg.gov, en inglés)
- SB 1479 (2026), versión aprobada por la Cámara de Representantes (azleg.gov, en inglés)
- Secretaría de Estado de Arizona, página de notary public: la ley SB 1479 se firmó el 9 de abril de 2026 y rige desde el 12 de septiembre de 2026 (en inglés)
- Secretaría de Estado de Arizona, Arizona Notary Public Reference Manual, octubre de 2026, págs. 17, 21, 23, 24, 28, 52 y 53 (PDF, en inglés)
- A.R.S. § 41-253: deberes del notary public e idioma (azleg.gov, en inglés)
- A.R.S. § 41-255: identificación (azleg.gov, en inglés)
- A.R.S. § 41-5001: matrícula consular (azleg.gov, en inglés)
- A.R.S. § 41-273: lo que un notary public no puede hacer (azleg.gov, en inglés)
- Departamento de Estado de Estados Unidos: Travel with Minors (viajar con menores), actualizada el 11 de agosto de 2025 (travel.state.gov, en inglés)
- Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP): Children traveling to another country without their parents, publicada el 13 de febrero de 2026 (help.cbp.gov, en inglés)
- EOIR, lista de organizaciones reconocidas y representantes acreditados (en inglés)
- EOIR, programa de reconocimiento y acreditación (R&A): EOIR incluye las cortes de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración; los representantes acreditados solo pueden prestar servicios legales de inmigración por medio de organizaciones reconocidas (justice.gov, en inglés)
- USCIS: Legal Services (servicios legales); representantes acreditados y organizaciones reconocidas por el Departamento de Justicia (uscis.gov, en inglés)
- 8 CFR 1.2: definiciones; EOIR es la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración, dentro del Departamento de Justicia (ecfr.gov, en inglés)
Este artículo es informativo y no es asesoría legal. Para decisiones sobre tu caso, consulta a un abogado de inmigración o a un representante acreditado.
Didilia De La O
Fundadora de Puente Grande
Didi traduce documentos para familias de Phoenix y de todo el país, interpreta en entrevistas de USCIS y es notary public en Arizona. Lee más sobre ella. Nosotros